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DIVORCIOS - PRESENTACION CONJUNTA - ACORDAMOS ALIMENTOS TENENCIA
ESTUDIO LISTE VILAS - ABOGADOS
DIVORCIO - PRESENTACION CUNJUNTA CAPITAL - PROVINCIA
En nuestra legislación tenemos dos tipos de divorcio:
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1- Por presentación conjunta.
2-Contradictorio.
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1- El divorcio por presentacion conjunta, o de mutuo acuerdo, exige el requisito de que ambos conyuges esten de acuerdo en divorciarce, no hay que probar las causales del divorcio, es rapido y sencillo.
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2-El divorcio contradictorio, se presenta cuando uno de los conyuges se niega a firmar, el otro puede iniciar divorcio contradictorio o contencioso, debiendo probar las causales de divorcio que invoca. Es un juicio de mayor tiempo y más complicado.
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Preguntas usuales:
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Puedo vender un bien ganancial sin el consentimiento del conyuge?
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No, Usted no puede vender ni tampoco hipotecar un bien ganancial (adquirido con fecha posterior al casamiento) sin la conformidad expresa y por escrito del cónyuge.
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¿Qué derechos tiene la mujer separada o divorciada?
Los hijos menores de cinco años quedan a cargo de la madre, salvo causas graves que afecten el interés del niño. El cónyuge que causó la separación o divorcio debe prestarle atención alimentaria, siempre que el otro cónyuge haya sido totalmente inocente de la separación o divorcio, de acuerdo al nivel económico que tuvieron durante la convivencia.
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¿Qué sucede con el "hogar conyugal" con la separación o divorcio?
Después de la sentencia de separación personal o divorcio vincular, el cónyuge que se mantuvo en la ocupación del inmueble puede solicitar al juez que éste no sea liquidado, si ello le causa un grave perjuicio, siempre que el solicitante no hubiese dado causa a la separación o divorcio.
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que son los bienes propios y bienes gananciales? Los bienes propios son aquellos que cada cónyuge posee antes de casarse y son bienes gananciales aquellos que fueron adquiridos durante el matrimonio. Los bienes propios no entran en la liquidación de la sociedad conyugal (que está integrada solamente por los bienes gananciales).
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